A partir de agosto se hará cumplir a nuestros socios el Decreto 312/021 que exige control de salud para la práctica deportiva recreativa

En cumplimiento del Decreto N° 312/021 emitido por el Poder Ejecutivo, en relación al "régimen de fomento y protección del sistema deportivo", será obligatorio para nuestros socios un "control de salud", requerido para la práctica de cualquier actividad física y/o deporte con fines recreativos.

Por lo tanto, todos nuestros afiliados tendrán que tener vigente el respectivo carnet de salud para poder ingresar al Club.

De todas formas, más allá de la exigencia que nos impone la norma, compartimos la importancia de contar con una revisión médica actualizada, que pueda dar la tranquilidad de que estamos en condiciones de realizar cualquier actividad física o deporte, o de lo contrario, advertirnos de posibles riesgos o cuidados que se deberían tener, orientados a la prevención.

Dentro del concepto de control de salud, se permite la presentación de: carné de salud o ficha médica, emitido por toda institución de salud habilitada, (no se incluye en esta categoría el carné de salud emitido por la Intendencia de Salto para choferes categoría A). En el caso de los niños y adolescentes se podrá presentar los carnés respectivos a sus controles pediátricos y/o adolescentes.

La presentación de este documento se podrá hacer a partir de mayo, a través de fotografía o escaneo por nuestro sistema de gestión online o APP. Nuestros socios tendrán a partir de esa fecha, 90 días para presentarlo, por lo tanto, se lo exigirá recién desde el 1 de agosto del 2022.

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